PLAN INTERNATIONAL HONDURAS SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y PLAN MÉDICO HOSPITALARIO 2023-2024
Área Profesional
Administración
Departamento
Francisco Morazán
Tipo de Contrato
Licitación
Fecha max. de Postulación
Correo para aplicar:

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Descripción
  1. ANTECEDENTES

Plan International es una organización no gubernamental cuyo propósito es el de trabajar por un mundo justo que promueve los derechos de la niñez y la igualdad de las niñas. Funciona desde 1937, actualmente tiene representación en 72 países del mundo contribuyendo a mejorar la vida de 82 millones de niñas y niños. 

A nivel de país, Plan International Honduras funciona desde 1977, actualmente cuenta con una oficina central ubicada en Tegucigalpa, 6 Unidades de Programas (Choluteca, La Paz, Intibucá, Lempira, Copan y Santa Barbara) y una oficina implementadora de menor tamaño en SPS. Estas oficinas implementan diversos programas y proyectos con una cobertura de aproximadamente 549 comunidades en Honduras. 

Somos una organización líder en el movimiento mundial por los derechos de las niñas, con una gran ambición: ““Transformando el mundo con niñas y jóvenes imparables”, es por ello que como oficina de País debemos asegurar que estamos generando cambios internos en busca de nuestra contribución a esta ambición.

Plan International Honduras ha venido trabajando en Honduras desde hace más de 43 años en favor de los derechos de la niñez y promoviendo la igualdad de las niñas, construyendo alianzas sólidas para el beneficio de la niñez, ha implementado diversos programas y proyectos que se realizan a través de las Unidades de Programas, dichas intervenciones son desarrolladas en las comunidades de mayor concentración de pobreza y que son cobertura de Plan Internacional en Honduras

 II. DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO

1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SEGUROS REQUERIDOS

VIGENCIA DEL SEGURO: 01 DE JULIO 2023 AL 01 JULIO 2024 SOLICITUD DE COBERTURAS:

  • SEGURO DE VIDA Y SUS BENEFICIOS ADICIONALES
  • SEGURO OPCIONAL
  • PLAN MEDICO HOSPITALARIO
  • PLAN DENTAL
  • SEGURO POR ACCIDENTE/ ACCIDENTES PERSONALES
  1. ASESOR DE SEGUROS

    a) COASEGUROS (CORREDORES Y ASESORES EN SEGUROS S. DE R. L.), es el Corredor de Seguros asignado por el PLAN INTERNACIONAL para el manejo de todo lo concerniente a la Administración de estos seguros, por lo tanto, con la participación de cada oferente se da por entendido y convenido que, una vez iniciada la vigencia del contrato, ellos brindaran el servicio necesario a PLAN INTERNACIONAL a nivel nacional.

A. SEGURO DE VIDA Y BENEFICIOS ADICIONALES

Debe cubrir la muerte del asegurado por cualquier causa, independientemente de las circunstancias que la provocaron, las 24 horas de los días, dentro y fuera de la ocupación y sin limitación geográfica.

 BASES PARA EL CÁLCULO DE SUMA ASEGURADA:

  • 26 veces de Salario Mensual
  • Máximo: L. 3,000,000.00
  • Mínimo: L. 200,000.0
  • SEGURO DE VIDA OPCIONAL     (PAGADO POR EL EMPLEADO)

A. Seguro de Vida y Beneficios Adicionales

Debe cubrir la muerte del empleado asegurado (actuales y nuevos) por cualquier causa, independientemente de las circunstancias que la provocaron, las 24 horas del día, dentro y fuera de la ocupación y sin limitación geográfica.

  1. Seguro de Vida Opcional: En base a una Suma Asegurada 26 veces el salario mensual, redondeado al mil inmediato Superior, con un máximo de L.3,000,000.00 y un mínimo de L.200,000.00
  2. Gastos de Sepelio por L.40,000.00 por empleado, pagaderos Inmediatamente al fallecimiento del empleado.
  • “Se pagará al contratante, tan pronto se obtenga la notificación escrita del fallecimiento del empleado asegurado, acompañada del acta de defunción original, para que éste lo entregue a los parientes más cercanos del empleado fallecido

    3.Beneficio de Muerte Natural (incluyendo homicidio y/o suicidio) hasta los 80 años.

  4.Doble Indemnización por Muerte Accidental Común hasta los 80 años,

  • Desastres de la naturaleza
  • Cuando el Asegurado Fallece practicando cualquier tipo de deporte.
  • Motociclistas en el desempeño de sus funciones o no;
  • Cuando el asegurado se somete a riesgos innecesarios.
  • INCLUYENDO DAÑOS POR ARMAS QUE FUEREN CAUSADOS POR LA ACCIÓN DE UNA FUERZA EXTERIOR INDEPENDIENTEMENTE DE LA VOLUNTAD DEL ASEGURADO
  1.   Triple Indemnización por Muerte Accidental Calificada hasta los 80 años.
  2. Renta Mensual Por Incapacidad Total Y Permanente irreversible debidamente comprobada y dictaminada por médicos tratantes derivada de enfermedad o accidente en una cuota hasta la cantidad de $ 50,000.00 y el resto de haberlo en 24 cuotas mensuales hasta los 65 años.
  3. Reducción de la Suma Asegurada al 50% al cumplimiento de los 70 años
  4. Cobertura las 24 horas del día, dentro y fuera de la ocupación y a nivel Mundial.
  5. Exención de Primas por Incapacidad Total y Permanente hasta los 65 años.
  6. Cobertura máxima de permanencia hasta los 80 años
  7. Cláusula de Indisputabilidad desde el primer día de vigencia.
  8. Pago anticipado por enfermedad terminal hasta un 35% de la suma asegurada Básica.
  9. Desmembramiento y perdida de la vista accidental, de acuerdo con la siguiente tabla detallada de indemnización por pérdida de miembros, otras pérdidas de acuerdo con el artículo 454 del código de trabajo:
  1. Cobertura de Suicidio desde el primer día de vigencia de la póliza para los empleados actuales y de la fecha de seguro individual de cada empleado nuevo que se contrate.
  2. Derecho a Conversión del Seguro de Vida Colectivo a una Póliza individual al terminar la relación con PLAN INTERNACIONAL HONDURAS sin necesidad de evidencias de salud, por un monto igual o menor al vigente de acuerdo con el deseo del asegurado.
  3. Derecho a Opciones varias de liquidación.
  4. Forma de Pago Mensual.
  5. Agregar la siguiente clausula patronal:

El beneficio de muerte natural será para cubrir la muerte natural de los asegurados conforme a lo establecido en el Articulo 120 reformado del Código de Trabajo en sus Incisos d) y g), en el caso que corresponda una cantidad igual al 75%, en concepto de Auxilio de Cesantía y hasta un máximo de 25 salarios, siempre y cuando el empleado fallecido tenga más de seis meses de laborar para la empresa.

En el caso de que la cantidad pagadera bajo el Beneficio por Muerte Natural no llegare a cubrir el total de la Obligación Laboral que tenga el Patrono con el empleado, dicho Contratante deberá cubrir con sus fondos propios dicho faltante para satisfacer dicha obligación.

El beneficio por Muerte, Desmembramiento y Perdida de la Vista por Accidente será para cubrir la Obligación Laboral en casos de riesgos profesionales o cualquiera otra responsabilidad a que estuviere obligado, de acuerdocon lo estipulado en el Código de Trabajoen sus artículos No. 401 al 408, sección 1, 413 Sección II, 420 al 430 Sección III.

En el caso que la cantidad pagadera bajo el beneficio por Muerte, Desmembración y Perdida de la Vista por Accidente, no llegare a cubrir el total de la Obligación Laboral que tenga el Patrono con el empleado, dicho Contratante podrá usar parte o la totalidad del pago del beneficio de Seguro de Vida, para satisfacer dicha obligación.

La diferencia, si existiere, entre el monto total del seguro y la cantidad necesaria para satisfacer la Obligación Laboral del Contratante, descrita en los numerales 1 y 2 de esta Enmienda, será pagadera al o los beneficiarios (s) designado (s) por el empleado en calidad de beneficiario (s).

  1. Elegibilidad: La Cobertura del Seguro debe concederse automáticamente para el ingreso Empleados Nuevos HASTA LOS 70 AÑOS, asimismo para cambio de categorías si existieren y aumentos de salario que promuevan aumentode suma asegurada, con un períodode 90 días para reportarlos a la Compañía pagando la prima prorrata que se haya devengado y con fecha efectiva del seguro desde el primer día del trabajo activo del empleado y /o desde la fecha del nuevo salario a que tenga derecho.
  2. Gastos de Repatriación, al fallecimiento de un asegurado fuera de Honduras, se cubrirá adicionalmente al seguro de vida una suma asegurada hasta un máximo de L 95,000.00 previa presentación de documentos de soporte.
  3. En adición al Seguro de Vida se incluye la cantidad de L. 60,000.00 para Ayuda Alimentaria, en caso de fallecimiento del Asegurado por enfermedad o accidente; la Compañía indemnizara al Beneficiario designado con productos de provisión alimentaria durante 12 meses consecutivos en un supermercado de prestigio en nuestro país.
  4. Devolución de Primas Prorratas a meses completos por cancelación de empleados, con un período de 90 días para su notificación.
  5. No será necesaria la presentación de Pruebas de Asegurabilidad ni Evidencias de Salud para Empleados actuales con sumas aseguradas mayores a $ 100,000.00.
  6. Se otorga continuidad de cobertura para el enrolamiento inicial de la póliza 
  7. Cualquier otro beneficio adicional que represente mayores coberturas para el asegurado.
  8. Anexar las condiciones generales.

B. Seguro Médico Hospitalario

  • El seguro Médico Hospitalario es pagado en un 100% por PLAN INTERNACIONAL HONDURAS;
  • los dependientes es contributario

Este plan debe tener un alcance de cubrir los gastos médicos incurridos por los empleados actuales y futuros de PLAN INTERNATIONAL HONDURAS, así como sus familiares dependientes, dentro o fuera de un hospital por enfermedades y/o accidentes, las 24 horas del día, dentro y fuera de la ocupación.

  1. Cobertura CENTROAMERICANA INCLUYENDO PANAMÁ Y BELICE
  2. Edad de Aceptación para Nuevos Empleados y Cónyuges hasta el cumplimiento de los 70 años.
  3. El seguro médico terminará al cumplimiento de los 80 años, al retiro o jubilación del empleado asegurado, lo que primero ocurra.
  4. Traslado del Deducible por gastos incurridos durante los últimos tres meses del año póliza (abril, mayo y junio)
  1. Continuidad de cobertura para enfermedades pre-existentes sin periodo de espera para enfermedades declaradas y no declaradas para los empleados que inicien con la vigencia de la póliza y vienen en el listado proporcionado de la Compañía anterior. Para nuevos empleados se aplicará 12 meses de periodo de espera
  2. La cobertura para niños nacidos sanos que no requieran atención antes de salir del hospital, debe ser inmediatamente independientemente que sea reportado tardío, por parte de sus padres a la compañía de seguros, por falta de información u omisión del patrono, una vez reportado la fecha de seguro debe de ser la de su nacimiento, con la condición que al momento de nacer, los padres gocen de la cobertura para dependientes.
  3. Cobertura para Control de Crecimiento y Desarrollo del Niño Sano: hasta el cumplimiento de los 12 años.

a. Para esta cobertura se deben considerar el sistema de vacunación aprobado por la ACADEMIA AMERICANA DE PEDIATRÍA que normalmente contiene el cuadro de vacunación básico que maneja el ministerio de Salud, más el PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES DE HONDURAS (PAI), que, sumado al cuadro anterior, se proveen a nivel privado en el país.

8. Forma de Pago mensual, con liquidaciones Mensuales por altas y bajas de empleados y/o familiares dependientes.

9.Dependientes elegibles: Cónyuge Legítimo (uniones libres y/o casados), Hijos, Hijastros e Hijos Adoptados Legalmente.

10.Cobertura para Hijos solteros hasta los 25 años, que estudien a tiempo completo y que económicamente dependan de sus padres. - (se solicitará presentación de constancia y horario de clases) 

11. En caso de fallecimiento del asegurado principal, se extenderá la cobertura de los familiares dependientes de un empleado fallecido por (1) UN AÑO SIN COSTO ALGUNO y leerá como sigue:

  • Al momento del fallecimiento, se haya pagado la prima respectiva del empleado con sus dependientes,
  • La póliza este en pleno vigor, y
  • Sea elegible como dependiente de conformidad a los términos de la póliza.

12. Nutricionista: 4 consultas al año – L.1,000.00 c/u 

13. Servicio de Asistencia Médica gratuita durante las 24 horas del día para el empleado y/o sus familiares dependientes debidamente inscritos en la póliza, mediante sistema de llamada telefónica vía Call Center, cubriendo los siguientes servicios:

  • Orientación Médica Telefónica. 
  • Visita Médica Domiciliaria. 
  • Servicio de Ambulancia.
  • Servicio de Consulta Externa Gratuita en Consultorios establecidos en Ciudades Urbanas.
  1. Red de Farmacias, mediante el cual el empleado pueda recibir el despacho de sus medicamentos debidamente recetados por médicos autorizados, así: Presentando el carnet de Seguro Médico, su receta original con el Diagnóstico y Sello Médico en el reverso, así como dosis, nombre del paciente, firma y sello del médico tratante en la parte frontal. Pagando únicamente el 25% del total de la factura y el restante 75% que la Farmacia se lo cobre a la compañía. Sujetos los dos puntos anteriores a las condiciones de medicinas elegibles para cobertura de acuerdo a la póliza. Límite mínimo de Compra de 500.00 en la farmacia Anexar la red de farmacias y sus bondades.
  2.  Red de Médico Especialista. (anexar la misma)
  3.  Red de laboratorio e imágenes copago del 20% límite mínimo de L 750.00
  4.  MATERNIDAD COMO CUALQUIER OTRA INCAPACIDAD, a condición de que el embarazo de la empleada asegurada o esposa de un empleado se origine en o después de la fecha efectiva y/o de vigencia del seguro (o sea sin período de espera), debiendo cubrir las mujeres embarazadas actuales.
    Los beneficios aplicables a esta cobertura se reembolsan en base a lo razonable y acostumbrado en la localidad donde se incurren los gastos y los honorarios médicos en sujeción (ABORTO, PARTO NORMAL Y CESÁREA)
  5.  Control Ginecológico para empleadas y esposas de empleados 2 al año. (incluye 2 citologías y una mamografía al año, para empleadas mayores de 40 años).
  6.  PSA una (1) vez al año para hombres mayores de 40 años.
  7.  Elegibilidad: La Cobertura del Seguro debe concederse automáticamente para el ingreso de Empleados y Dependientes Nuevos, asimismo para cambio de categorías si existieren, con un período de 90 días para reportarlos o cancelarlos a la Compañía pagando o devolviendo la prima prorrata que se haya o no devengado y con fecha efectiva del seguro desde el primer día del trabajo activo del empleado. Para el reporte de los dependientes se dará el mismo tiempo sin requerimientos de prueba asegurabilidad en los primeros 60 días.
  8.  Tiempo de presentación de reclamos médicos con un período de antigüedad de seis (6) meses.
  9. Se incluyen 60 días para presentar reclamos una vez cancelada la póliza
  10.  PAGO DE RECLAMO EN UN TIEMPO MÁXIMO DE 10 DÍAS HÁBILES; siempre y cuando la documentación este completa.
  11.  PAGO DE RECLAMOS VÍA TRANSFERENCIA ELECTRONICA (CUALQUIER BANCO)
  • Los Gastos Ambulatorios serán reembolsados vía transferencia electrónica a cada uno de los colaboradores de PLAN INTERNACIONAL HONDURAS en cuentas de los colaboradores y SIN COSTO ADICIONAL PARA EL COLABORADOR Y PLAN INTERNACIONAL HONDURAS; la compañía debe absorber cualquier costo por la transferencia.
  • Las hojas de liquidación serán enviadas vía correo electrónico para agilizar el proceso de reclamos médicos SIMULTÁNEAMENTE O ANTES al realizar la transferencia.
  1. LIMITE DE COASEGURO (APLICA PARA TODOS LOS GASTOS)

a. Reembolso por año póliza para todos los gastos elegibles incurridos con o sin internamiento en un hospital, después que el deducible haya sido aplicado.
b. 80% de los primero Lps.150,000.00 de gastos elegibles incurridos por persona asegurada o de los primeros Lps.450,000.00 de gastos elegibles incurridos por núcleo familia, y entonces el 100% de los gastos elegibles subsiguientes.
c. El desembolso máximo por persona asegurada, después de haber sido aplicado el o los deducibles correspondientes está representado por Lps. 30,000.00 por persona Lps.90,000.00 por grupo familiar.
d. Sin internamiento en un hospital: el 80% de los gastos elegibles

  1. Gastos por atención Siquiátrica en un hospital a condición de que el paciente se encuentre interno por lo menos 24 horas (no mediante consulta ambulatoria) ocasionados por enfermedades mentales y trastornos nerviosos funcionales siempre que el asegurado reciba este en tratamiento en el hospital.
  2.  Incluir cobertura de Preexistencias inmediatamente a la vigencia de la póliza y hasta el Máximo Vitalicio (Enfermedades y/o Maternidades) para los empleados y/o sus familiares dependientes que formen parte del enrolamiento inicial de la póliza de acuerdo con el listado de empleados, sin necesidad de presentar Evidencia de Salud y sin necesidad de presentar Evidencia de Salud y sin restricción en la edad, LOS EMPLEADOS NUEVOS DEBEN CUBRIR UN PERÍODO DE ESPERA DE DOCE (12) MESES PARA ENFERMEDADES PRE-EXISTENTES.

    1. Sin periodo de espera para enfermedades respiratorias y aparato genital urinario que no sean preexistentes incluyendo infecciones comunes y corrientes.
    2. Solamente 12 meses de espera para enfermedades preexistentes.

  3. Reembolso máximo para Enfermedades Preexistentes L. 5,000.00 siempre y cuando no hayan sido limitadas ni excluidas de por vida.
  4.  Coordinación de Beneficios En el caso de que un empleado y/o familiar dependiente asegurado bajo la póliza a contratar, resultare también asegurado en otra póliza suscrita en otra compañía o por la misma compañía. Queda convenido el derecho del asegurado de efectuar una coordinación de beneficios entre ambas pólizas, siendo el pagador primario donde figura como titular y como secundario donde se encuentre inscrito como dependiente. Esto debe cubrir el 100% del coaseguro, del deducible y excesos no reconocidos por la otra compañía.
  5.  Recetas en cualquier HOSPITAL PÚBLICO DEL PAÍS deben ser aceptadas siempre y cuando el médico haya indicado en el reverso el diagnóstico, ya que los médicos no firman formularios de planes privados
  6.  Se incluye la cobertura para crema Hidratante indicadas por un médico, legalmente autorizado y que estén recetadas para la mejoría de la salud del paciente y un diagnóstico cubierto por la póliza, por ejemplo, diagnósticos como eritema diacrónico, dermatitis, síndrome de Steven Johnson etc.
  7.  Coberturas de cremas hidratantes medicamentes necesarias hasta L 2,000.00 siempre cuando estén recetada por un médico y este cubierta por la póliza
  8.  Equipo laparoscópico máximo L 10,000.00 en caso de que haya cirugías que requieran el uso del equipo.

La póliza debe cubrir los gastos médico hospitalario, razonables en su cuantía y acostumbrados para cada tratamiento que el Asegurado efectúe con motivo de enfermedad o accidente cubiertos. La cobertura comprende los siguientes gastos:
1. Honorarios de médicos y cirujanos autorizados para el ejercicio de la profesión, por servicios prestados al asegurado, mientras este se encuentre recibiendo asistencia en un hospital o clínica, o en su consultorio particular. Los gastos por servicios médicos quirúrgicos cubiertos por esta póliza estarán sujeto a Reembolso, hasta por el monto considerados por la Compañía como Justos, Razonables y Acostumbrados, y sin exceder de los límites de la Póliza.
2. Gastos de salas de operación, de curación o de cuidados intensivos, emergencia.
3. Traumatismos causados por fenómenos de la naturaleza.
4. Enfermedades Epidémicas declaradas
5. Zapatos Ortopédicos, 2 pares al año para los hijos menores de 14 años.
6. Alergias y Pruebas de Alergias.
7. Acné de 4 grados en adelante.
8. Trasplante de órganos hasta el Máximo Vitalicio.
9. Padecimientos ano rectales (hemorroides, fistulas rectales o prolapsos del recto).
10. Padecimiento de la vesícula y vías biliares.
11. Vitaminas siempre y cuando estén relacionada con un diagnóstico.
12. Anticonceptivos siempre y cuando estén relacionados con un diagnóstico.
13. Menopausia y Andropausia
14. Esterilización femenina y masculina, excepto su reversión.
15. Leche medicada para niños siempre que presenten síntomas gastrointestinales con síndrome diarreico, únicamente en casos de hospitalización.
16. Terapias de Lenguaje y estimulación psicomotora para dependientes, con síndrome de Down y/o retardo mentalisncrito como dependientes al momento de su nacimiento.
17. Gastos de servicio de anestesia y honorarios de anestesistas debidamente autorizados para ejercer la profesión, de los honorarios del cirujano principal.
18. Medicamentos necesarios para el tratamiento de una enfermedad o accidente, prescritos por el facultativo que atienda al paciente asegurado y distribuidos por establecimientos legalmente autorizados.

19. Gastos de análisis de laboratorio, estudios de rayos x, electrocardiografías, encefalograma y Tomografía Axial Computarizada “Scan” o cualesquiera otros indispensables para el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o accidente.
20. Suministro de lo indicado a continuación: yeso, tablilla, braguero, muletas, oxígeno, y alquiler de silla de ruedas o cama especial de hospital, alquiler de pulmón o cualquier equipo mecánico necesario para el tratamiento de parálisis respiratoria.
34. Gastos por septoplastia y rinoseptoplastia por cualquier causa a partir del segundo año de cobertura del asegurado.
35. Gastos por cirugía artroscópica a partir del segundo año de cobertura
36. Gastos de aparatos de prótesis dental, ojos o miembros artificiales necesarios en caso de accidente cubierto.
37. Honorarios de enfermera privada, siempre que el asegurado se encuentre hospitalizado y que sea el médico tratante que lo autorice, que no tengan ningún grado de parentesco con el Asegurado y que no resida con él.
38. Honorarios por tratamientos suministrados por un radiólogo o fisioterapeuta y exámenes de laboratorio hechos por tratamiento o para diagnóstico.
39. Intervenciones de cirugía plástica reconstructiva, que resulten de:

Lesiones derivadas de accidentes, siempre que estos ocurran mientras la persona esté asegurada y sea practicada dentro de los seis meses después del accidente
• Enfermedades ocurridas durante la vigencia de la Póliza;

40.Prótesis por enfermedad o accidentes hasta un 15% sobre el máximo vitalicio.
Cualquier otro beneficio adicional que represente mayores coberturas para el asegurado.
Anexar las condiciones generales.

CUADRO DE BENEFICIOS PLAN DENTAL
Máximo de reembolso por año calendario Combinado para todos los tipos, después de aplicado el deducible y coaseguro respectivo Lps. 15,000.00 para cada asegurador y sus dependientes
(No Contributario para Empleados y dependientes)

1.1.1. Condicionado especial
          1. Cobertura adicional para guarda oclusal L. 2,500.00 al 100% aplicable cada dos años.
         2. Cobertura para implantología, cada dos años hasta L. 10,000.00 adicional al límite dental.
1.1.2. Detalle de riesgos y gastos adicionales cubiertos Tipo I TRATAMIENTOS PREVENTIVOS
A. Exámenes orales: rutinarios incluyendo diagnóstico, pero no más de dos exámenes por año póliza con respecto al mismo individuo asegurado.
B. Profilaxis que incluye la limpieza, raspado de dientes y pulimiento, pero no más de dos veces durante el año calendario con respecto al mismo individuo asegurado del núcleo familiar.
C. Aplicaciones de Flúor a niños de 14 años o menores.
D. Rayos X, de toda la dentadura, pero no más de una serie de Rayos X en un período de tres años, y rayos x con una placa sostenida paralela a los dientes, pero no más de dos veces año calendario.
E. Pruebas de laboratorio y otros exámenes para diagnóstico.

Tipo II. ------ TRATAMIENTO CURATIVOS O RESTAURATIVOS.
• Tratamientos paliativos de emergencia.
• Extracciones simples rutinarias y quirúrgicas.
• Cirugía Oral.
• Alveolectomía.
• Anestesia necesaria para los tratamientos.
• Inyecciones Terapéuticas.
• Sostenedores de Espacio.
• Restauración: Relleno de amalgama o proceso sintético, pero excluyendo específicamente:
o Coronas o calza posterior o anterior,
o Instalación inicial de dentadura completa o parcial reposición de dentadura o unidades de puente fijo.
• Tratamientos de Endodoncia.
• Periodoncia.
Tipo III ----- TRATAMIENTOS RESTAURATIVOS MAYORES.
• Incrustaciones.
• Calzas.
• Coronas.
• Prótesis parcial o totales removibles o fijas, puentes y dentaduras por extracción de dientes naturales extraídos dentro de la vigencia de la póliza.
o Prótesis por reposición de dientes sin periodo de espera
• Reemplazo o alteración de puentes fijos o removibles (parciales o totales), siempre que sea necesario por cambios estructurales en la boca.
• Reparación de dentadura, y puentes.
• Prótesis, puentes y dentaduras.

La cobertura de estos gastos de tratamiento de Tipo III, están sujetas a las siguientes condiciones:

1.L a instalación inicial o adición a trabajo de dentaduras completas o parciales o puente fijo serán elegibles siempre que:
Dicha instalación o adición sea requerida como resultado de la extracción de uno o más dientes naturales debido a un accidente o enfermedad en o después de la fecha efectiva del seguro del individuo asegurado bajo la póliza.
b.- La instalación o adición arriba mencionada incluye la reposición de dicho diente extraído.
c.- El trabajo de dicha dentadura o puente sea completado dentro de la vigencia de la póliza.
d.- El trabajo de dentadura o puente será considerado como instalado inicialmente, solo si dichas dentaduras o puente no reponen a cualquier dentadura o puente existente.
Términos de Referencia: Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario
Cliente: “PLAN INTERNACIONAL HONDURAS”
Vigencia: 01 de julio del 2023 al 01 de julio del 2024
2.-E l reemplazo o alteración de dentaduras completas o parciales o puente fijo se
consideran pagaderos si la reposición o alteración es necesaria, si ocurrió en o después de la fecha efectiva del seguro del individuo asegurado bajo esta póliza y si es completado dentro de los 12 meses después de:
a.- Una lesión accidental que requiera tratamiento quirúrgico, o
b.- Cirugía oral para aditamentos musculares, o la extracción de un tumor, quiste, elevaciones pequeñas o tejido redundante.

El reemplazo de una dentadura completa o parcial cuando el mismo es requerido como resultado de un cambio estructural en la boca, siempre que:

a. El reemplazo sea efectuado después de cinco (5) años de la fecha de instalación de la dentadura, que sea debidamente comprobado, y

b. Cualquier reemplazo no se efectuará en ningún caso si el seguro del individuo asegurado bajo
esta póliza no ha estado en vigor por lo menos dos (2) año.

Establecer en la oferta las respectivas exclusiones que apliquen a cada una de las coberturas solicitadas.

TIPO IV TRATAMIENTOS DE ORTODONCIA
A. Instrumentos de Ortodoncia - accesorios y aditamentos de cualquier instrumento necesario de ortodoncia.
B. Tratamiento de Ortodoncia - efectuado conforme a un Plan de Tratamiento sometido por escrito a la Compañía dentro de los noventa (90) días previos al inicio de dicho tratamiento.

SEGURO MÉDICO POR ACCIDENTES/ ACCIDENTES PERSONALES:

III. FORMA DE PAGO

La forma de pago de este servicio se realizará según negociaciones entre la empresa ganadora y Plan  International.

IV.RETENCIONES Y GARANTÍAS

 Plan Internacional INC. Y Plan Honduras retendrá los Impuesto que el servicio a contratar requiera, según lo establece la Ley de Tributación vigente mismo que absorberá la empresa que brindará el servicio o, en su defecto éste quedará exento de esta retención, siempre y cuando presente el  documento liberatorio de esta obligación extendida en legal y debida forma por el Servicio de  Administración de Rentas SAR, en original y una copia de la Nota tres (3) días hábiles previo a la firma de contrato.

V. PLAZO DE EJECUCIÓN:

El plazo de ejecución es de 365 días, del 01 de julio de 2023 hasta el 01 de julio de 2024.

 

VI. CONTENIDO DE LA OFERTA 

1.Secciones

La empresa deberá completar, firmar y presentar los siguientes documentos: 

• Oferta Técnica

• Oferta Financiera 

• Información de la empresa 

  2. Aclaraciones

La empresa interesada podrá solicitar aclaraciones sobre cualquiera de los documentos relativos al servicio a más tardar el 12 de junio del 2023. Toda solicitud de aclaración deberá ser enviada por escrito, por servicio de mensajería o por medios electrónicos a la dirección de Plan International descrita: [email protected] con copia a [email protected]Desde Plan International se responderá por medios electrónicos, y remitirá copias de la respuesta (incluyendo una explicación de la consulta, pero sin identificar el origen de la misma) a todos las empresas o consultores que hayan confirmado su intención de presentar una Oferta. Plan International se compromete a dar respuesta a estas demandas de aclaración con rapidez, pero cualquier demora en la respuesta no implicará ninguna obligación por parte de Plan International de ampliar el plazo de presentación de Ofertas, a menos que Plan International considere que dicha prórroga está justificada y es necesaria. 

VII.PREPARACIÓN DE LA OFERTA 

  1. Costos

La empresa correrá con todos y cada uno de los costos relacionados con la preparación y/o presentación de la Oferta, independientemente de si ésta resulta seleccionada o no. Plan International en ningún caso será responsable de dichos costos, independientemente de la  modalidad o los efectos del proceso de contratación.

  1.  Formulario de presentación de la Oferta 

La empresa utilizará el formulario de presentación de la oferta que considere oportuno para  evidenciar su propuesta, pues Plan International no tiene un formulario único.

  1. Formato y contenido de la Oferta técnica 

La Oferta Técnica deberá estructurarse de tal manera que evidencie cada una de las cláusulas y coberturas especificadas en la sección II de este documento: 

4.  Oferta financiera

La empresa utilizará el formulario de presentación de la oferta que considere oportuno para evidenciar su propuesta, pues Plan International no tiene un formulario único. Se debe garantizar que la oferta financiera, incorpore los costos de los principales componentes vinculados a los bienes y servicios conexos, y el desglose detallado de dichos costos. Todos los bienes y servicios descritos en la Oferta Técnica deberán tener un precio individual, en una correspondencia uno a uno. Todos los productos y las actividades descritas en la Oferta Técnica cuya cotización no figure en la Oferta Financiera se considerarán que se incluyen en los precios de otras actividades o productos, así como en el precio final total de la Oferta. Si la propuesta no está detallada bajo suma alzada, la propuesta debe contener cuadros, con las notas explicativas correspondientes, que incluyan entre otros aspectos, información y datos estimados sobre las siguientes categorías.

5.Periodo de validez 

La Oferta seguirá siendo válida a partir de la fecha límite de presentación de ofertas. Toda Oferta válida por un período más corto será inmediatamente rechazada por Plan International y será automáticamente considerada no aceptable. En circunstancias excepcionales, antes de la expiración del período de validez de la Oferta, Plan International podrá solicitar a los licitantes la ampliación del periodo de validez de sus Ofertas. La solicitud y las respuestas se harán por escrito y se considerará que forman parte integrante de la Oferta.

6.Plazo de contratación

Del 01 de julio de 2023 al mediodía hasta el 01 de julio de 2024 al mediodía, este periodo puede  si Plan International no está conforme del servicio prestado después  de un año de contratación disminuir a un año calendario si Plan International no está conforme del servicio prestado después de un año de contratación.

VIII. PRESENTACIÓN 

  1. Presentación

La Oferta Financiera y la Oferta Técnica deberán presentarse por separado y bajo sello en un sobre, y entregadas ya sea personalmente, por servicio de mensajería o por un medio electrónico de transmisión. Si la presentación no se realiza por medios electrónicos, la Oferta Técnica y la Oferta Financiera deberán ir juntas y bajo sello en un sobre cuya parte externa

deberá: 

• Llevar el nombre de la empresa o consultor; 

• Estar dirigida a Plan International Honduras tal como se especifica en los términos de referencia. 

• Llevar una advertencia de no abrirlo antes de la fecha de apertura señalada en los términos de referencia.

Si el sobre no está cerrado ni etiquetado de forma adecuada, la empresa deberá asumir la responsabilidad por el extravío o la apertura prematura de la Oferta debidos al inadecuado sellado y etiquetado por parte de la empresa  Plan International indicará, para que quede constancia, que la fecha y hora oficiales de la recepción de la Oferta son la fecha y hora efectivas de la llegada física de dicha Oferta a las instalaciones de Plan International.

Las empresas o consultores deberán tener en cuenta que el mero acto de presentación de una Oferta, en sí y por sí, implica que acepta los Términos y Condiciones Generales de Contratación

  1. Plazo de presentación de la Oferta y ofertas de última hora 

Las Ofertas deberán obrar en manos de Plan International Honduras en la dirección y, a más tardar, en la fecha y hora especificadas para esta contratación.

Plan International no tomará en consideración ninguna Oferta que llegue con posterioridad a la fecha y hora límites de presentación de las Ofertas. Toda Oferta recibida por Plan International Honduras después de la fecha límite para la presentación de la Oferta será declarada tardía, y será rechazada y devuelta a la empresa o consultores sin abrir. 

  1. Confidencialidad

La información relativa a la revisión, evaluación y comparación de las Ofertas, y la recomendación  de adjudicación del contrato, no podrán ser reveladas a las empresas o consultores ni a ninguna  otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso, incluso después de la publicación de la adjudicación del contrato. Cualquier intento por parte de una empresa o consultor de influenciar a Plan International en la revisión, evaluación y comparación de las decisiones relativas a la Oferta  o a la adjudicación del contrato podrá ser causa, por decisión de Plan International, del rechazo de su Oferta. 

En el caso de que una empresa no tenga éxito, podrá solicitar celebrar una reunión de información con Plan International. El objetivo de dicha reunión es discutir los puntos fuertes y las debilidades de la presentación de la empresa, a fin de ayudar éste a mejorar las Ofertas que presente a Plan International. En estas reuniones, no se discutirá con la empresa el  contenido de otras Ofertas, ni se compararán éstas con la Oferta presentada por la empresa.

IX. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

  1. Derecho a aceptar, rechazar o considerar no aceptable cualquiera o todas las Ofertas 

Plan International se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, declarar un o todas las Ofertas no aceptables, y rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin incurrir en ninguna responsabilidad u obligación de informar a las empresas consultoras o consultores afectados de los motivos de la decisión de Plan International. 

Además, Plan International no está obligado a adjudicar el contrato a la oferta de precio más bajo. 

Plan International verificará y rechazará asimismo de inmediato las ofertas correspondientes a empresas consultoras o consultores que figuren en la Lista de Personas y Entidades Vinculadas con Organizaciones Terroristas.

  1.  Conflicto de Intereses

Plan International verificará y rechazará asimismo de inmediato las ofertas correspondientes a empresas consultoras o consultores que tengan relación de negocios con empleados o empleadas de Plan International por el cual se crea un potencial conflicto de interés.

Así mismo se determina como conflicto de interés si dentro de la empresa consultora, consultor o equipo de trabajo de ambas, se encuentre desempeñándose uno o varios ex empleados de Plan International, teniendo presente que debe pasar un año calendario completo para que un ex empleado pueda ofertar a Plan International sus servicios de consultoría o servicios profesionales, proveedores de otros productos y servicios o ser parte de equipos de trabajo de los ofertantes

  1. Criterios de adjudicación

Antes del vencimiento del período de validez de la Oferta, Plan International adjudicará el contrato a la empresa consultora o consultor calificado y elegible que se estime responda a las exigencias de la Lista de Requisitos y Especificaciones Técnicas, y haya ofrecido el precio más bajo.

  1.  Derecho a modificar los requisitos en el momento de la adjudicación 

En el momento de la adjudicación del Contrato, Plan International se reserva el derecho a modificar la cantidad de bienes y/o servicios, hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%) de la Oferta total, sin cambios en el precio por unidad o en otros términos y condiciones. 

  1. Firma del contrato 

En el curso de cinco (5) días a contar desde la fecha de recepción del Contrato, la empresa consultora o consultor que haya recibido la adjudicación firmará y pondrá fecha al Contrato y lo devolverá a Plan International. 

El monto del contrato estará de acuerdo a la revisión de la propuesta técnica y económica y a la disponibilidad financiera del Proyecto.

X. Forma y Plazo para entrega de propuestas

Las empresas presentaran sus propuestas económicas en sobre sellado dirigido a Mirian Castro Coordinadora Nacional de cadena de suministro con el lema de “CONTRATACIÓN DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y PLAN MÉDICO HOSPITALARIO 2023-2024 PARA PLAN INTERNATIONAL HONDURAS” a más tardar el día  12 de junio del 2023 a las 4:30 p.m. en oficinas de Plan International ubicados en Boulevard Suyapa, Edificio Metrópolis, Torre 2, Piso 22, Tel: +504 2270-7322 al 28 Fax: +504 2270-7301, Tegucigalpa, Honduras.), o vía electrónica al correo: consultorias.honduras@plan[1]international.org con copia a [email protected]  Para responder a consultas pueden escribir al correo antes descrito o pueden llamar a los teléfonos antes descritos y comunicarse con Mirian Castro Coordinador nacional de cadena de suministro.

En caso de necesitar los tdr en formato PDF favor solicitarlo a  [email protected] con copia a [email protected] 

Correo para aplicar: