Adquisición de Mobiliario Educativo para el plan de incentivos (pizarras)
Categoría
Departamento
Francisco Morazán
Tipo de Contrato
Indefinido
Fecha max. de Postulación
Correo para aplicar:

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Descripción

 

DOCUMENTOS PARA LA

ADQUISICIÓN DE BIENES 

 

Por el Método de Comparación de Precios

 

Adquisición de Mobiliario Educativo para el plan de incentivos (pizarras).

 

­­­­­­­­­­­­­­­­­

 

Emitido en:  noviembre de 2024

 

Proceso No: PASPS-1014-CP-B-PRS-BID-5008-2024

 

Contratante: Programa de La Red Solidaria

 

País: Honduras 

 


 

 

 

Carta de Invitación a Presentar Oferta

Método de Comparación de Precios

  1.  

  2. Tegucigalpa M.D.C.  07 de noviembre de 2024  

  3.  
  4. Señores/Señoras
  5.  

El Gobierno de Honduras (denominado en adelante el “Prestatario”) ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (el “Banco”) para financiar parcialmente el costo del “Programa de Apoyo al Sistema Integral de Protección Social”, Contrato de Préstamo No: 5008/BL-HO  , designando a la Unidad Coordinadora de Proyectos UCP/ Programa Red Solidaria para su ejecución; quien se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el/los contrato/s que surja/n del presente proceso. 

 

2.            La UCP/ Red Solidaria invita a Oferentes elegibles a presentar ofertas para la Adquisición de Mobiliario Educativo para el Plan de incentivos (Pizarras)” 

 

3.            Este Proceso de Comparación de Precios se efectuará conforme a lo establecido en las políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID o el Banco) y en los Documentos del Proceso que se anexan.

 

4.            Las ofertas deberán hacerse llegar, a más tardar a las 05:00 p.m. del 19 de noviembre de 2024, a la dirección física o digital, detallada en el numeral 6 de esta invitación y según se indica en el párrafo 4.7 de las Instrucciones a los Oferentes (IAO). 

 

5.            Anexo encontrara los Documentos del proceso, favor informamos por escrito de la recepción de esta invitaci6n, tan pronto la hayan recibido, en físico o par correo electrónico a la direcci6n detallada en el numeral 6 de esta invitación.

 

 

6.            La dirección referida arriba es la siguiente: Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP)/ Programa de La Red Solidaria, Edificio Centauro, Blvd Juan Pablo II, contiguo al Torre Alianza a 50 metros de TV Azteca, frente a Almacén El Récord, nivel 3, Tegucigalpa M.D.C., Honduras C.A, o dirección electrónica: [email protected]

  1.  
  2.  
  3. Atentamente,

  4.  

  5.  

__________________________

Tulio Rivera

Coordinador Adquisiciones y

Contrataciones UCP/PRS


 

Sección I.  Instrucciones a los Oferentes (IAO)

 

  1. Invitación y datos básicos

    1. El Programa de la Red Solidaria, en lo sucesivo “El Contratante”, invita a empresas a presentar ofertas para la adquisición de los Bienes especificados en Sección III, Lista de Bienes y Especificaciones Técnicas.

    2. El nombre e identificación del Proceso es Adquisición de Mobiliario Educativo para el plan de incentivos (pizarras) proceso No. PASPS-1014-CP-B-PRS-BID-5008-2024.

    3. El presente contrato será financiado con fondos provenientes del Préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo, en lo sucesivo “el Banco” Programa de Apoyo al Sistema Integral de Protección Social, BID 5008/BL-HO.

    4. En estos Documentos “día” significa día calendario.

    5. En estos Documentos la expresión “Contrato” se refiere y es equivalente a la “Orden de Compra”.

 

  1. Prácticas prohibidas

    1. El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.

  2. A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes 
  3. (i)  Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
  4. (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
  5. (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
  6. (iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
  7. (v) Una práctica obstructiva consiste en:
  8. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID; 
  9. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o 
  10. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en el IAO 3.1 (f) de abajo, o sus derechos de acceso a la información; 
  11. (vi) Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
  12. Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
  13. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
  14. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;
  15. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
  16. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
  17. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;
  18. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad). 
  19. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida. 
  20. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
  21. Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la IAO 3.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.
  22. La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que  los empleados o agentes de los los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
  23. Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
  24. Los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, al presentar sus ofertas, propuestas o solicitudes, declaran y garantizan:
  25. que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;
  26. que no han incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
  27. que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
  28.  que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco; 
  29. que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y
  30. que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la IAO 3.1 (b).
  31. Oferentes, Proveedores, Contratistas, Bienes y Servicios Elegibles

    1. Los Oferentes, Proveedores, Contratistas y subcontratistas, así como los bienes que suministren deberán cumplir con las reglas de elegibilidad del Banco. Dichas reglas están disponibles en el sitio virtual del Banco[1]. Dichas reglas incluyen, pero no se limitan a: 

(a) Nacionalidad de los individuos y firmas;

(b) Origen de los bienes y servicios;

(c) No haber sido declarado inelegible por el Banco;

(d) No tener conflicto de interés.

  1. Preparación y presentación de las Ofertas

    1. Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma español. 

    2. Los precios deberán ser cotizados por el Oferente en Lempiras. 

    3. Las Ofertas permanecerán válidas por el período de 60 días.

    4. Las aclaraciones sobre los Documentos del Proceso deberán ser solicitadas al Contratante por escrito a la dirección indicada en estas IAO, a más tardar siete (7) días calendario antes de la fecha establecida para la presentación de ofertas 

    5. El Oferente presentará su Oferta, compuesta por los siguientes documentos: 

      1. Formulario de Oferta, utilizando el formulario suministrado en la Sección II; (Formulario de la Oferta). 

      2. La Declaración Jurada donde se declara que no se encuentra comprendido en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades previstas en los Artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado (Aptitud para contratar e inhabilidades) 

      3. Evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y requisitos especificados en la Sección III, que puede consistir en literatura impresa, planos o datos.

  2. Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante, a más tardar el 19 de noviembre de 2024 a las 5:00 p.m., en la dirección del Contratante.

  3. La dirección del Contratante para todos los fines de este Proceso es: Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), ubicadas en el Edificio Centauro, contiguo al Torre Alianza, 3er. Piso, Tegucigalpa, o vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: [email protected].  

  4. Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. 

 

  1. En el presente proceso se podrán presentar ofertas por correo electrónico, enviadas a la siguiente dirección [email protected] . Las ofertas se presentarán en archivo anexo al correo electrónico enviado, en el siguiente formato: PDF con firma y/o sello de la empresa. El Contratante no se responsabilizará en caso de que el correo electrónico o cualquiera de los archivos anexos, no se reciban, sea imposible su apertura, resulten dañados o su contenido resulte ilegible para el software destinado a su lectura Acrobat Reader, aunque ello se deba a la aplicación de software antivirus, actualizaciones u otros mecanismos de seguridad aplicados por el Contratante.

 

  1. Adjudicación y formalización de la orden de compra

    1.  El Contratante adjudicará el contrato / orden de compra al Oferente elegible cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con las especificaciones técnicas y demás requisitos exigidos en estos documentos y que representa el precio más bajo. 

  2.  Al momento de adjudicar, el Contratante podrá aumentar o disminuir las cantidades en un 20%. 

  3.   Una vez notificada la adjudicación, el Oferente adjudicatario dispondrá de cinco (5) días para presentarse a la dirección del contratante a firmar el contrato, preparado en el formulario de Orden de Compra incluido en la Sección IV.

  4.   En la presente Comparación de Precios no se otorgará anticipo, ni se requerirá una Garantía de Cumplimiento del Contrato.

  5.  Previo a la firma del contrato el Proveedor de Servicios adjudicado deberá presentar: 

  6. Constancia de Solvencia de Impuestos emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR)

  7. Constancia de estar sujeto a pagos a cuenta o correo electrónico indicando que no está sujeto a pagos a cuenta

  8. Registro SIAFI

  9. Copia simple de la Tarjeta de Identidad y RTN del Representante legal de la empresa adjudicataria. 

  10. Copia simple de la Tarjeta de Identidad y RTN del Representante legal de la empresa adjudicataria. 

  11. Factura y recibo a nombre del Programa de la Red Solidaria-BID/5008-BL-HO.       


 

Sección II. Formulario de la Oferta

  1.  [El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta.]
  2.  

A:  [nombre y dirección del Contratante]

 

Ofrecemos suministrar los siguientes bienes, de conformidad con la Orden de Compra (ODC) por el precio que resulta de la siguiente Lista de Precios:

Fecha: _______________________

Proceso No: _____________

Página N° ______ de ______

1

2

3

4

5

6

7

8

No. de Artículo

Descripción de los Bienes

Cantidad

Unidad física

Precio Unitario de cada artículo

Impuestos sobre ventas y otros pagaderos por artículo

Precio Unitario por artículo con Impuestos

(Col. 5+6)

Precio Total por cada artículo

(Col. 3´7)

[indicar No. de Artículo]

[indicar nombre de los Bienes]

[indicar el número de unidades a proveer]

[indicar el nombre de la unidad física de medida]

[indicar precio unitario]

[indicar impuestos sobre ventas y otros pagaderos por artículo si el contrato es adjudicado]

[indicar precio total por artículo]

[indicar precio total por cada artículo]

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Precio Total

 

 

 

El monto total de esta oferta es [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] Lempiras. Dicho monto incluye el Impuesto sobre ventas y cualesquiera otros impuestos, gravámenes, costos y gastos requeridos para suministrar los bienes y servicios conexos y cumplir con la Orden de Compra.

 

Certificamos que el Oferente, sus proveedores, así como los bienes y servicios que se suministren conforme a esta Oferta cumplen con las reglas de elegibilidad del Banco Interamericano de Desarrollo, las cuales están disponibles en el sitio virtual del Banco[2] y declaramos conocer.

 

Firma Autorizada: ____________________________________________________________

 

Nombre y Cargo del Firmante:  _________________________________________________

 

Nombre del Oferente: _________________________________________________________

 

Dirección: __________________________________________________________________


 

Sección III.  Lista de Bienes y Especificaciones Técnicas

 

 

 

  1. Lista de Bienes y Plan de Entregas

 

  1. Lista de Servicios[3] Conexos y Cronograma de Cumplimiento

 

  1. Especificaciones Técnicas

 

 


 

 

  1. Lista de Bienes y Plan de Entregas

 

No. 

Articulo

Unidad de Medida

Cantidad

Lugar de Destino Convenido

Plazo de entrega

Plazo más     temprano de entrega

Plazo límite

de entrega

Plazo de entrega propuesto por Oferente

Item 1

Mobiliario Educativo para el plan de incentivos (Pizarras) 

Unidad

173

Oficinas de Secretaría de Educación.

30 días

 

 

 

45 días

 

 

 

 

 

  1. Lista de Servicios[4] Conexos y Cronograma de Cumplimiento

 

Especificaciones Técnicas Mínimas Requeridas

Características ofrecidas por el oferente

Cumple/ No cumple

Articulo 

Cantidad: 173

Mobiliario Educativo para el plan de incentivos (Pizarras)

  

ESPECIFICACIONES  

  

Pizarra de formica con marco de aluminio

medidas de la pizarra: 123 cm de ancho x 244 cm de largo

 

Especificaciones técnicas estructura y superficie:

 

MARCO:

El marco será de perfil de Aluminio en color plata mate, se colocara una platina de aluminio de ¾” x 1/8” por la parte interna del marco formando un batiente, se entiende por batiente un ángulo de 90 grados entre la superficie interna del marco de aluminio con la cara interna de la platina, la platina ira sujeta al marco, de manera que ya terminado se verá una superficie por la parte frontal de 1 3/4 ”, el batiente sirve para que el fibran vaya embonado por dentro del marco.

 

SUPERFICIE:

La superficie será de Lámina de melanina acrílica de espesor 0,6 mm como mínimo X 4’ de ancho X 8’ de largo, la tolerancia en espesor debe ser de +/- 0.004 mm, será de color blanco brillante, con cuadricula de 1 ½” X 1 ½”, la lámina ira pegada con pegamento de contacto (Resistol amarillo), el pegamento se aplicara de la manera más uniforme posible tanto a la lámina formica como a la lámina de fibran de ½, se espera que el pegamento se seque totalmente, antes de pegar y al momento de la instalación se debe tener mucho cuidado para que la lámina quede perfectamente bien alineada porque una vez pegada no se puede corregir, el pegamento de contacto debe de ser abundante para que no se despegue y se hagan burbujas. Las pizarras ya pegadas no se deben exponer al sol pues el calor hace que la formica se despegue y se deforme y se formen burbujas en la pizarra.

 

SUJECIÓN DE LA PIZARRA AL MARCO DE ALUMINIO:

Se embona la lámina de fibran ya con la formica dentro del batiente del tubo con la platina, se cortarán 4 piezas de platina de 1/8” X ¾” X 123 cm (48 3/8”) de largo, se sujetaran de adentro en los el marco superior e inferior, por la parte de atrás distribuidas de la siguiente forma: las dos platinas de las orillas irán a 20 cm del marco vertical y las otras dos irán a

73 cm de las primeras platinas a lo largo de la pizarra, presionando la platina contra la lámina de fibran.

 

SUJECIÓN DE LA PIZARRA A LA PARED:

Se soldaran dos pequeños soportes de platina de 1/8” de espesor X ¾” ancho X 1 ¼” de largo, uno de los extremos ira redondeado y llevara un agujero de ¼” a 1 cm del de la parte redondeada, y se soldara por la parte cuadrada a 20 cm de la esquina superior del marco de tubo de 1” X 1”, los tornillo de 2 1/2 “ X 14 pasaran por los agujeros en cada soporte, los tornillos se atornillan a la pared con tacos Fisher S-10.

  
CONDICIONES DE ENTREGA  
30 días calendario   

 

Moneda

 

Precio Unitario

 

Cantidad

173 

Sub Total

 

Impuesto

 

Precio Total

 

Tiempo de Entrega

 

Validez de la Oferta

 

     

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

Sección IV. Orden de Compra (ODC)

 

[Este formato es indicativo de los requisitos mínimos que debe contener una orden de compra. El Contratante puede disponer utilizar un formato similar el que deberá ser incluido con los Documentos del Proceso] 

 

REPUBLICA DE HONDURAS

(Nombre del organismo contratante)

 

 

ORDEN DE COMPRA DE BIENES No.

 

DATOS ORGANISMO / ENTIDAD

DATOS DEL PROVEEDOR

 

 

NOMBRE O RAZON SOCIAL:

 
UNIDAD EJECUTORA: RTN: 
DIRECCION: DIRECCION: 
Centro de gasto:   
LUGAR de EMISION: FECHA DE EMISION: 
FORMA DE PAGO: PLAZO PAGO: 
Expediente Nº: 

Lugar de entrega:

 
PLAZO DE ENTREGA: 
    

GARANTIAS

TIPO DE GARANTIABANCARIA SEGURO CHEQUE

 

VIGENCIA DE LA GARANTIA 
MONTO DE LA GARANTIA

 

 

 

 

 

 
GARANTIA Y/O CALIDAD DE BUEN FUNCIONAMIENTO:

SI

 

NO

 

PLAZO

 
              

 

No.

Descripción

Cantidad

Unidad

Precio por Unidad

  

Totales

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

       

     ____________________                                       ____________________       

Firmas:       Aprobación Unidad Ejecutora                                                            Aceptación del Proveedor


 


 

Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades

 

Yo ______________________, mayor de edad,  de estado civil _______________, de nacionalidad  _______________, con domicilio  en _____________________________ __________________________________________ y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No. __________________ actuando en mi condición de representante legal de _________________________________________________________________________ (Indicar el Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y las empresas que lo integran), por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran  comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:

 

“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes: 

1) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; 

2) DEROGADO; 

3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; 

4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; 

5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; 

6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; 

7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y, 

8) Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción. 

 

ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”

 

En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de _____________________________, Departamento de ____________, a los _______ días de mes de _________________ de ______________.

 

 

Firma: ________________________________

 

 

[Esta Declaración Jurada deberá presentarse por el oferente adjudicado, en original con la firma autenticada ante Notario].

 

 


 


[1]  Las mencionadas reglas de elegibilidad del BID, disponibles en los Documentos Estándar de Licitación para la Adquisición de Bienes (disponibles en el sitio virtual de adquisiciones del BID, www.iadb.org/procurement), incluyen que los Oferentes, Proveedores, Contratistas y subcontratistas: (a) deberán ser originarios de países miembros del Banco; (b) no deberán tener conflicto de interés; (c) no deberá haber sido declarado inelegible para que le adjudiquen contratos financiados por el Banco durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo a lo establecido en la cláusula 2 de estos Documentos del Procedimiento; (d) si son empresas estatales del país Prestatario puedan demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.

Todos los bienes y servicios que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco, conforme a los criterios para determinar el origen, establecidos por el Banco (Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco.  El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad establecidos por el Banco).

Para conocer los países miembros del BID, favor acceder a http://www.iadb.org/es/acerca-del-bid/paises-miembros,6291.html

[2] Las mencionadas reglas de elegibilidad del BID, disponibles en los Documentos Estándar para la Adquisición de Bienes (disponibles en el sitio virtual de adquisiciones del BID, www.iadb.org/procurement), incluyen que los Oferentes, Proveedores, Contratistas y subcontratistas: (a) deberán ser originarios de países miembros del Banco; (b) no deberán tener conflicto de interés; (c) no deberá haber sido declarado inelegible para que le adjudiquen contratos financiados por el Banco durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo a lo establecido en la cláusula 3 de los Documentos del Procedimiento; (d) si son empresas estatales del país Prestatario puedan demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.

Todos los bienes y servicios que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco, conforme a los criterios para determinar el origen, establecidos por el Banco (Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco.  El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad establecidos por el Banco).

[3] La referencia a los Servicios conexos será la descripción de los servicios que estén en conexión con el suministro de los bienes. 

[4] La referencia a los Servicios conexos será la descripción de los servicios que estén en conexión con el suministro de los bienes. 

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